Cuerpo

ARTÍCULO 1º) Los miembros del Tribunal, al asumir sus funciones, deberán prestar juramento ante el Intendente Municipal de desempeñar fielmente sus funciones, de acuerdo con la CARTA ORGANICA DEL MUNICIPIO de la ciudad de Trelew, ordenanzas y disposiciones vigentes que reglamentan su ejercicio. 

ARTÍCULO 2º) En caso de ausencia o impedimento temporal del Presidente, por un término mayor de cinco días, hará sus veces el Vocal más antiguo en el cargo, a igualdad de antigüedad, lo reemplazará el de mayor edad. 

Cuerpo

TITULO I

CREACIÓN Y OBJETIVOS

Creación

ARTÍCULO 1ro.): CREASE, en el ámbito del Concejo Deliberante de la Ciudad de Trelew, la “BANCA JUVENIL-ESTUDIANTIL”.

Objetivos

ARTÍCULO 2do.): La Banca Juvenil -Estudiantil tendrá los siguientes Objetivos: Gestar un espacio institucional en el cual los estudiantes de la Ciudad puedan expresarse y manifestar sus demandas, inquietudes, ideas y demás cuestiones que tengan directa relación con sus intereses.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): La presente Ordenanza establece la creación del Sistema Municipal de Áreas Protegidas Turístico – Recreativas dentro del ejido de la ciudad de Trelew y las normas que lo regirán. 

ARTÍCULO 2do.): Los objetivos generales de conservación del Sistema Municipal de Áreas Protegidas Turístico – Recreativas serán los siguientes:

Cuerpo

Artículo 1.- CREASE el FONDO PERMANENTE para el TURISMO destinado

             a financiar la inversión en producción de material de promoción y difusión Turística. 

Artículo 2.- ESTABLECESE que el FONDO PERMANENTE para el TURISMO

             se integrará de la siguiente manera:

a)-Con las partidas que para dicho fin fija anualmente el presupuesto General. 

Cuerpo

Art. 1°) Créase un Museo Regional, Histórico y Tradicional de la Ciudad de Trelew. 

Art. 2°) Para su funcionamiento se le destinará provisoriamente y hasta que pueda hacerlo en local propio, un lugar adecuado dentro del Palacio Municipal. 

Art. 3°) Para la organización del Museo se designa con carácter de Director, al arquitecto Don Carlos Luna Pont. 

Art. 4°) El cargo de Director es "ad-honorem". 

Cuerpo

ARTÍCULO 1°. CREASE LA "CASA DEL MENOR", donde se nuclearán menores de la calle con situación de riesgo, para brindarles apoyo nutricional, escolar, actividades recreativas y orientación laboral.

ARTÍCULO 2°. INCREMENTASE el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos, en la suma de AUSTRAES OCHO MIL (8.000-) quedando fijado el Presupuesto Municipal, en la suma de AUSTRALES TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS (3.679.226,65).