Cuerpo

ARTÍCULO 1º.- CREASE el CONSEJO PERMANENTE DE ENTIDADES INTERMEDIAS como entidad AD-HONOREM de consulta y asesoramiento de la Corporación Municipal.

ARTÍCULO 2º.- SERÁN miembros de pleno derecho del precitado CONSEJO por medio del representante que cada grupo de Asociaciones designe todas las Entidades de existencia real, con representación efectiva de asociados, que cuenten con documentación probatoria de su funcionamiento, cuyos objetivos sean compatibles con el bien de la Comunidad y que se rijan por normas internas Democráticas. 

Cuerpo

Artículo 1.- CREASE el FONDO PERMANENTE para el TURISMO destinado

             a financiar la inversión en producción de material de promoción y difusión Turística. 

Artículo 2.- ESTABLECESE que el FONDO PERMANENTE para el TURISMO

             se integrará de la siguiente manera:

a)-Con las partidas que para dicho fin fija anualmente el presupuesto General. 

Cuerpo

ARTÍCULO 1°) CREASE una Comisión Permanente para la organización de los Actos conmemorativos de los Aniversarios Pa­trios, Provinciales y Municipales. 

ARTÍCULO 2°) INTÉGRESE esta Comisión Permanente con un representante de la Dirección de Cultura Municipal, por ciuda­danos que se sientan comprometidos y adhieran voluntariamente a participar de ella y por la Comisión de Acción Social del Concejo Deliberante.