ARTÍCULO 1ro.): CREASE el Banco Comunitario de Tecnologías de Apoyo y de Ayudas Técnicas, destinado a la provisión de dispositivos, de productos, de elementos, de insumos y de equipamiento, con carácter de comodato de uso gratuito.
El presente compendio de instrumentos legales municipales, tiene por fin el facilitar la consulta de legisladores, funcionarios, empleados municipales y el público en general en todo aquello que hace a los deberes, derechos y funciones de la Corporación Municipal en su relación con el contribuyente y viceversa.
A mediados del año 1987, el Bloque de Concejales Justicialistas presentó ante el Honorable Concejo Deliberante de Trelew un proyecto de Ordenanza en...
Prólogo al Digesto
Origen
ORDENANZA N° 13114/ 19, SE CREA EL BANCO COMUNITARIO DE AUXILIARES DE MARCHA.-
ORDENANZA N°14043/ 26, ESTABLECE CUADRO TARIFARIO PARA TAXI Y REMISES
ARTÍCULO 1ro.): ESTABLECER para el Servicio Público de Transporte de personas en automóviles de alquiler con reloj taxímetro de Ia Ciudad de Trelew, a partir de Ia promulgación de Ia presente Ordenanza, un sistema de cobro que se abonará de acuerdo al valor que determine el mismo y que se identifica seguidamente:
Horario diurno:
1. Bajada de bandera: $ 2100,00;
2. Ficha (cada 100 metros): $ 169,00;
3. Espera (cada 45 segundos): $ 169,00 y
4. Por kilómetro recorrido fuera del ejido urbano: $ 2100,00.
ORDENANZA Nº 14038 /26 CREA EL SERVICIO MUNICIPAL DE MAQUINARIA AGRÍCOLA.
ARTICULO 1ro):Créase el Servicio Municipal de Maquinaria Agrícola, destinado a brindar apoyo técnico y operativo a:
a) Productores agropecuarios locales.
b)Organizaciones civiles formalmente constituidas que desarrolle actividades comunitarias o productivas.
c) Barrio, asociaciones vecinales o grupos comunitarios que realicen tareas vinculadas a la producción, mejora del hábitat o mantenimiento de espacios verdes.
ORDENANZA Nº 14025/26, APRUEBA Y ESTABLECE PROYECCIONES DE VÍAS CIRCULATORIAS DENTRO DEL EJIDO. -
ARTÍCULO 1ro.): APROBAR las proyecciones de las denominaciones legales de las vías circulatorias de Ia ciudad de Trelew autorizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal y consignadas en sus respectivos planos de mensura, hasta la fecha de promulgación de Ia presente.
ORDENANZA N° 14000/25 AUTORIZA INSTALACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE ALQUILER DE VEHÍCULOS DE A PEDAL Y ELÉCTRICOS INFANTILES EN PLAZAS, PLAZOLETAS Y ESPACIOS PÚBLICOS.
ARTÍCULO 1ro.): AUTORÍZASE en Ia ciudad de Trelew Ia instalación y explotación de servicios de alquiler de vehículos de tracción a pedales y vehículos eléctricos infantiles en plazas, plazoletas y espacios públicos que el Departamento Ejecutivo Municipal, determine.
ORDENANZA Nº 13976 /25 ADHIERE A LEY PROVINCIAL XXIII Nº65 DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES TURÍSTICAS.-
ARTICULO 1ro.): RATIFICA en todos sus términos la Resolución Nº 002792/25, que como Anexo I se agrega, pasando a formar parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2do.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a parir de la fecha de su promulgación.
ANEXO I
ORDENANZA Nº 13975 /26, CREA EL DISTRITO LOGÍSTICO TRELEW DILOT.
Título I
Creación y finalidad
ORDENANZA N° 13973 /25, HABILITACIONES COMERCIALES.
ARTÍCULO 1ero): EL objeto de Ia presente Ordenanza es establecer los Procedimientos administrativos que deben cumplir en forma previa al ejercicio y desarrollo de actividades económicas, lucrativas o no, las personas humanas y jurídicas titulares de establecimientos en los que se desarrollen dichas actividade
ORDENANZA Nº 13337 /21, ADHIERE A LEY PROVINCIAL I N° 700 IMPLEMENTACIÓN DEL LOGOTIPO DE DISCAPACIDAD, SÍMBOLO INTERNACIONAL DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL.
ARTICULO 1ro.): ADHERIR a la ley provincial I Nº 700 “Implementación del Logotipo de Discapacidad” “Símbolo Internacional de Accesibilidad Universal”.
ARTICULO 2do.): El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del Área de Discapacidad, será el responsable de llevar adelante la promoción, difusión, concientización, monitoreo y seguimiento de la utilización del Símbolo Internacional de Accesibilidad Universal.
ARTICULO 3ro.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.
ORDENANZA N° 13492 /22, MODIFICA PARCIALMENTE LA ORDENANZA N° 11287/10 REGULA USO DE AGUA POTABLE.
ARTÍCULO 1ro.): AMPLÍESE el periodo comprendido en el artículo 3° de la Ordenanza N° 11287 que regula el Uso del Agua Potable, el cual comenzaría a regir a partir del 01 de Octubre hasta el 30 de Abril del próximo año.
ARTÍCULO 2do.): DESARROLLAR una política hídrica coordinada con las jurisdicciones aledañas y con todos aquellos organismos nacionales y provinciales que tengan injerencia en la materia a fin de poder: