Cuerpo

Artículo 1.- El Departamento Ejecutivo Municipal, construirá en el Cementerio local un panteón Comunitario donde podrán ser depositados féretros en forma transitoria. 

Artículo 2.- El proyecto del mismo será elaborado por personal idóneo del Departamento de Obras Públicas de la Comuna. 

Artículo 3.- Los gastos que demanden las obras mencionadas serán imputados al Presupuesto 1988 en erogaciones -traba­jos públicos - construcción nichos cementerio - obras.               

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Impleméntese en la ciudad de Trelew, el Servicio de Acompañamiento a Inquilinos y Propietarios (SAIP) dependiente de Mediación Comunitaria de la Municipalidad de Trelew.

ARTÍCULO 2do.): Funciones generales del S.A.I.P:

Acompañar, promover y fortalecer las buenas prácticas en las relaciones de alquiler, de conformidad con la legislación vigente y en garantía del acceso a la vivienda digna. 

Cuerpo

ARTÍCULO 1°.- CREAR Consejos Coordinadores de Salud y Promoción Comunitaria, encuadrados dentro de los Centros Comunitarios y su radio de acción o dependencias u organismos Municipales, de similar incumbencia. 

ARTÍCULO 2°.- APRUÉBASE el ANEXO I de la presente Ordenanza, donde se especifican misiones y funciones de los integrantes del Consejo de Salud y Promoción Comunitaria. 

ANEXO I

DE LA FORMACIÓN: