Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Quienes ejerzan la representación de la Municipalidad de Trelew en juicios donde, en forma principal o accesoria, se reclame una condena con consecuencias patrimoniales para el fisco, tendrán la obligación de peticionar la debida citación al proceso de los funcionarios sindicados como, o presuntamente, responsables del acto, hecho u omisión que origina el reclamo, en la forma y plazos previstos en la legislación procesal aplicable a dicho proceso.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): ESTABLÉZCASE como “Bandera Oficial de la Ciudad de Trelew” el diseño ganador del concurso público convocado por la Ordenanza Nº 13801.-

ARTÍCULO 2do.): La Bandera Oficial de la Ciudad de Trelew, creada por Melina Gómez Gallo será usada en todo el ejido municipal, en organismos oficiales de manera conjunta con la Bandera Nacional Argentina y la Bandera de la Provincia del Chubut, en los actos oficiales e institucionales que se realicen en el ámbito municipal y en toda otra actividad protocolar en la que el municipio participe.-

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): DECLARESE el mes de JUNIO de cada año como “Mes del Ambiente en la ciudad de Trelew”.

ARTÍCULO 2do.): El Departamento Ejecutivo Municipal promoverá y ejecutará actividades educativas, recreativas, conferencias y muestras relacionadas con la temática, a desarrollarse durante el mes del ambiente, tendientes a sensibilizar y concientizar a todos los habitantes de la ciudad, y generar un mayor interés en el cuidado ambiental.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): ADHERIR a la Ley Provincial VIII Nº 153 “Boleto Educativo Chubutense (B.E.CH)”, mediante la cual se asegura el subsidio al transporte escolar para estudiantes, docentes y personal auxiliar de la educación de todos los niveles (inicial, primario, secundario, terciario y universitario) que cursen sus estudios o presten funciones en establecimientos educativos de jurisdicción nacional, provincial o reconocidos por el Ministerio de Educación, en el ámbito de la ciudad de Trelew.

Cuerpo

ARTICULO 1°: CREASE en el ámbito del Municipio de la ciudad de Trelew la Comisión Municipal de Prevención y Control de la Violencia Institucional.

ARTICULO 2º: INTEGRACION:

La Comisión Municipal estará integrada por:

Dos representantes del Concejo Deliberante (uno por la mayoría y uno por la minoría). Dos representantes del Poder Ejecutivo Municipal pertenecientes al área de la Secretaría de Gobierno.
Un representante de las Organizaciones de la Sociedad Civil interesadas en la temática.