Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): AUTORÍZASE el cobro de una entrada general en los eventos culturales organizados en el marco del ciclo municipal ExpresArte, con el fin de contribuir al sostenimiento  de los grupos artísticos, talleres y espacios culturales que participen en cada jornada.

ARTÍCULO 2do.): El ciclo ExpresArte será abierto a la comunidad artística, previa inscripción y disponibilidad del espacio del centro cultural municipal.

Cuerpo

EDUCACION NO FORMAL

ARTICULO 1:Consideranse encuadradas dentro del régimen de Educación no formal ,  las actividades docentes que se realizan bajo la jurisdicción municipal, y que tienen por objeto dar respuestas a necesidades educativas específicas de la comunidad, no permanentes - con objetivos y plazos determinados. En consecuencia, los mismos tienen el carácter de servicios educativos a término.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): DECLARAR sitio histórico y cultural para los Pueblos Originarios Locales, al “Rewe Pueblos Originarios” conformado por la superficie aproximada de 650m2, correspondientes a parte de la Fracción 2 de la Circunstancia 1, Sector 3, conforme croquis adjuntos en los ANEXOS I Y II, de esta Ordenanza.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): La presente Ordenanza establece la creación del Sistema Municipal de Áreas Protegidas Turístico – Recreativas dentro del ejido de la ciudad de Trelew y las normas que lo regirán. 

ARTÍCULO 2do.): Los objetivos generales de conservación del Sistema Municipal de Áreas Protegidas Turístico – Recreativas serán los siguientes:

Cuerpo

ARTICULO 1ro): DISPONER que Ia Coordinación de Planeamiento y Obras Publicas arbitre los medios necesarios para habilitar las Intervenciones culturales de las sendas peatonales.

ARTICULO 2do): Sin perjuicio de las disposiciones que Ia Coordinación de Obras Públicas y Planeamiento disponga en el reglamento, el mismo deberá ESTABLECER:

 ARTICULO 3ro): FACULTAR a Ia Coordinación de Planeamiento y Obras Publicas a realizar convenios con los establecimientos educativos de Nivel Secundario y Superior.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): DESÍGNESE con el nombre de “Dr. Eduardo Luis  Duhalde”, al acceso del Centro Cultural por la Memoria de Trelew, el que se encuentra ubicado a aproximadamente a 600 metros, hacia el Noroeste, de la rotonda de intersección de las rutas provincial 8 y nacional 25, entre las actuales fracciones 19 y 20 del sector 3, circunscripción 5.

ARTÍCULO 2do.): La presente Ordenanza  tendrá  vigencia a partir  de  la fecha  de su promulgación.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): APRUEBASE la incorporación al Registro Permanente de Bienes del Patrimonio Cultural y Natural de los bienes que integran la presente Ordenanza como ANEXO UNO.

ARTÍCULO 2do.): Los bienes propuestos en el artículo 1ro.) de la presente, quedan sujetos al Régimen de Protección y Estímulos vigentes, quedando los beneficios impositivos otorgados, condicionados a la firma Acta de Compromiso correspondiente entre la Municipalidad y el o los propietarios o poseedores a título de dueño.

ANEXO UNO

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): DEFÍNESE como Área de Caracterización Urbana a la zona delimitada por las calles: Honduras/Inmigrantes, Pecoraro, Ecuador/Ricardo Berwyn y Alem. 

ARTÍCULO 2do.): Queda comprendida dentro de la misma la definida como Zona de Estudio por Ordenanza 4547/93, que será denomina­da Zona de protección Patrimonial, por concentrar la mayor cantidad de bienes inventariados y mantener características edilicias y urbanas homogéneas en numerosos tramos. 

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): APRUEBASE la incorporación al Registro Permanente de Bienes del Patrimonio Cultural y Natural de los bienes que integran la presente Ordenanza como ANEXO UNO.

ARTÍCULO 2do.): LOS bienes propuestos en el Artículo 1ro. de la presente, quedan sujetos al Régimen de Protección y estímulo vigente, quedando los beneficios impositivos otorgados condicionados a la firma del Acta de Compromiso correspondiente entre la Municipalidad y los propietarios o poseedores a título de dueño.

ANEXO UNO