Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): RATIFICAR en todos sus términos el Convenio celebrado el día 20 de Diciembre del año 2017 entre la Municipalidad de Trelew y la firma MEDIOS Y COMUNICACIÓN, que tiene por objeto la cesión a la citada firma del uso de la vía pública para la ejecución e instalación de refugios peatonales iluminados, y que fuera Registrado por ante el Registro Público de Contratos de la Municipalidad de Trelew  al Tomo 2 – Folio 232 – bajo el Nro. 1137 en fecha 21/12/17 y que en copia y como Anexo se agrega formando parte integrante de la presente Ordenanza.

Cuerpo

Artículo 1.- Ordenase el traslado de los olmos existentes en las vías peatonales de la ciudad, a espacios verdes en el ejido urbano.

 Artículo 2.- Establécese un ritmo de quinientos árboles por año. 

Artículo 3.- El Departamento Ejecutivo Municipal por intermedio del organismo que corresponda (Forestación) establecerá el Plan                      de Trabajo y el método contractual para la realización de los mismos. 

Cuerpo

ARTICULO 1ro): DISPONER que Ia Coordinación de Planeamiento y Obras Publicas arbitre los medios necesarios para habilitar las Intervenciones culturales de las sendas peatonales.

ARTICULO 2do): Sin perjuicio de las disposiciones que Ia Coordinación de Obras Públicas y Planeamiento disponga en el reglamento, el mismo deberá ESTABLECER:

 ARTICULO 3ro): FACULTAR a Ia Coordinación de Planeamiento y Obras Publicas a realizar convenios con los establecimientos educativos de Nivel Secundario y Superior.