ARTÍCULO 1ro.): AUTORÍCESE en la Ciudad de Trelew el uso e implementación de Biodigestores, la cual quedará bajo la coordinación de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Trelew.
ARTÍCULO 2do.): IMPLEMÉNTESE campaña informativa y de difusión sobre el uso, funcionamiento y beneficios de los Biodigestores.