Artículo 1ro): ESTABLECESE por la presente Ordenanza el Régimen de Asignaciones Familiares para el personal dependiente de la administración Pública Municipal, Entes Autárquicos, Descentralizados y cualquier otra dependencia con participación estatal municipal.
Artículo 2do): Las Asignaciones Familiares establecidas en el Artículo 1ro) de la presente Ordenanza, son las siguientes:
Matrimonio
Cónyuge
Prenatal
Nacimiento
Adopción
Hijo no escolarizado de 05 hasta 21 años.
Hijo con discapacidad no escolarizado