Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): AUTORÍZASE en Ia ciudad de Trelew Ia instalación y explotación de servicios de alquiler de vehículos de tracción a pedales y vehículos eléctricos infantiles en plazas, plazoletas y espacios públicos que el Departamento Ejecutivo Municipal, determine.

Cuerpo

Artículo 1.- ADHERIR en todos sus términos a la Ley Provincial Nro. 2792, la cual establece la autorización por parte de los empleados públicos a que se les practiquen retenciones en los salarios que perciben y da un orden de prioridades para tales retenciones. 

Artículo 2.- A los efectos de que el DEM, en el término de sesenta (60) días de aplicabilidad de la presente Ordenanza, entiéndase como texto ordenado de la Ley Nro. 2792, el siguiente:

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): RATIFICAR en todos sus términos la Resolución Municipal Nº 4428/23 Ad Referéndum del Concejo Deliberante, que como Anexo I forma parte integrante de la presente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 28.21 de la Carta Orgánica Municipal.

ARTÍCULO 2do.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

 

ANEXO

 

Cuerpo

ARTICULO 1ro.): APROBAR los nuevos índices representativos del incremento de los costos de los Servicios concesionados a la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Vivienda Limitada de Trelew, correspondientes al período trimestral junio/ 2023 a agosto/ 2023, que como Anexo 1. forman parte de la presente Ordenanza. 

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): ESTABLECER, de conformidad con el Artículo 19.22 de la Carta Orgánica Municipal, que el primer vencimiento de las facturas de Servicio Público de la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Vivienda Limitada de Trelew será el día 10 de cada mes, o el día hábil siguiente.

ARTÍCULO 2do.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CRÉASE en el ámbito de la Municipalidad de Trelew el Fondo de Sostenimiento de los Servicios Sanitarios, que será calculado sobre el valor base y los distintos coeficientes establecidos en el Anexo I, de acuerdo a las categorías de usuarios de los Servicios Sanitarios y Servicio de Energía Eléctrica.

Dicho Fondo se crea con la finalidad principal de cubrir el déficit operativo de los servicios concesionados de Agua y Cloacas y tendrá vigencia a partir del 01 de noviembre de 2018. 

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro): Dejar sin efecto el aporte que los usuarios de la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Vivienda Limitada de la ciudad de Trelew realizan en concepto de la aplicación de la Ley I – N° 26 (antes N° 1098)  a través de su factura de servicios.

ARTÍCULO 2do.): APLICAR una alícuota de 8% (ocho por ciento) en concepto de aporte especial sobre los montos producidos por los consumos eléctricos de los usuarios residenciales de la Cooperativa de Consumo y Vivienda Limitada de la ciudad de Trelew.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): APRÚEBASE la Tarifa de Referencia Provincial Octubre 2016 informada por el Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos de la Provincia del Chubut, procediéndose a la aplicación del cuadro tarifario correspondiente a los Servicios Sanitarios y de Distribución de Energía Eléctrica elaborado en base a dicha tarifa por el Organismo Municipal Regulador de los Servicios Públicos (OMRESP), que como Anexo I se agrega pasando a formar parte integrante de la presente Ordenanza.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): RATIFICAR en todos sus términos el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Trelew y la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Vivienda Limitada de Trelew en fecha 19/07/17, que tiene por objeto prorrogar por UN (1) AÑO los contratos de concesión por los servicios de energía y sanitarios de la ciudad de Trelew cuyos vencimientos operarán los días 20 y 23 de Julio del corriente año, y que fuera Registrado por ante el Registro Público de Contratos de la Municipalidad de Trelew al Tomo 2 – Folio 196 – bajo el Nº 576 en fecha 24/07/17 y que como Anexo I for