Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): AUTORÍZASE en Ia ciudad de Trelew Ia instalación y explotación de servicios de alquiler de vehículos de tracción a pedales y vehículos eléctricos infantiles en plazas, plazoletas y espacios públicos que el Departamento Ejecutivo Municipal, determine.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): ESTABLECER  la adhesión de  la Municipalidad de Trelew a la Ley IV N° 17 la cual tiene como objeto establecer un porcentaje máximo en el régimen de comisiones que se imponen en el mercado de alquileres de viviendas unifamiliares del sector inmobiliario.

Cuerpo

ARTICULO 1ro.): APROBAR el “REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO PARA EL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE DE PERSONAS EN AUTOMOVILES DE ALQUILER CON RELOJ TAXÍMETRO” que se aplicará en la ciudad de Trelew, y que como Anexo I se agrega pasando a formar parte de la presente Ordenanza.

ARTICULO 2do.): FACULTAR al DEM a reglamentar la presente Ordenanza.

Cuerpo

Artículo 1.-  Serán regidos por la presente Ordenanza todos los establecimientos comerciales definidos como alojamientos turísticos, construidos o a construirse que ofrezcan locaciones de viviendas con muebles con fines de turismo, en zonas aptas para este destino, conforme a lo establecido por el artículo 2° inciso B) de la ley Nacional 23091, por períodos no menores al de una pernoctación.