Cuerpo

ARTICULO 1ro):Créase el Servicio Municipal de Maquinaria Agrícola, destinado a brindar apoyo técnico y operativo a:

 a) Productores agropecuarios locales.

b)Organizaciones civiles formalmente constituidas que desarrolle actividades comunitarias o productivas.

c) Barrio, asociaciones vecinales o grupos comunitarios que realicen tareas vinculadas a la producción, mejora del hábitat o mantenimiento de espacios verdes.

Cuerpo

ARTÍCULO 1º.- ESTABLÉCESE un tipo único de recipientes para depositar residuos en la vía pública, por parte de los siguientes locales: Restaurantes, Confiterías, Bares y Locales de Esparcimiento Nocturno. 

ARTÍCULO 2º.- DETERMÍNASE como recipiente a utilizar las siguientes características: de chapa y/o P.V.C. reforzado de 0,70 cm. de diámetro y 0,70 cm. de altura, con manijas y tapas abisagradas, los residuos a depositar deben ser colocados en bolsas de tipo industrial cerradas. 

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): PROHÍBASE a todos los comercios o locales ubicados en la ciudad de Trelew que provean los servicios de carga de crédito o venta de tarjetas del Sistema Único de Boleto Electrónico (S.U.B.E.) aplicar o imponer el cobro de un cargo extra o suma adicional o exigir la compra de un producto como condición previa para prestar dichos servicios.

Cuerpo

Artículo 1.- Los locales establecidos especialmente para la guarda de automóviles que funcionen exclusivamente para ese objeto o como anexo de otros negocios, deberán llenar las condiciones de seguridad e higiene que establecen las Ordenanzas, y estarán exentas del pago de la tasa correspondiente a Inspección, Seguridad e Higiene por el primer año de su funcionamiento.