ARTÍCULO 1ro.): El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá en el plazo de NOVENTA (90) días determinar la localización exacta para la instalación del nuevo vertedero de basura municipal cumpliendo con los requisitos que establece el Manual de Servicios Aeroportuarios.
ARTÍCULO 2do.): Cumplido lo establecido en el artículo 1° de la presente Ordenanza, deberá comunicarlos a este Cuerpo Deliberativo, remitiendo todos los estudios y el proyecto definitivo de localización.