Cuerpo

Artículo 1.- Todo envase, ya sea producto animal o vegetal, que se encuentre en malas condiciones, será decomisado.

Artículo 2.- En caso de que el dueño lo requiera, se le extenderá un comprobante de decomiso, para que haga los reclamos correspondientes a los fabricantes. 

Artículo 3.- El nombre de los propietarios a quienes se les decomisan productos serán publicados en los periódicos. 

Artículo 4.- Las bolsas de productos alimenticios serán coloca das sobre una tabla gruesa y tapadas con discos de vidrio o madera terciada.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a conceder planes especiales de pago para abonar la contribución por Habilitación e Inspección de Comercios, Industrias y Actividades similares (Capítulo X Ordenanza Tarifaria 1996), a todas aquellas personas físicas, que acrediten su condición de desocupados. 

ARTÍCULO 2do.): Dichos Planes de Pagos Especiales se otorgarán a solicitud de los interesados y las siguientes modalidades:

Cuerpo

CAPÍTULO I: De Las Empresas.

ARTÍCULO 1º) CREASE un registro de Empresas de servicios de extracción y transporte de líquidos cloacales provenientes de pozos sépticos, en el cual deberán inscribirse todas aquellas empresas que presten tales servicios. El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará y determinará el área que tendrá la responsabilidad del mismo. 

ARTÍCULO 2º) Las Empresas a tal fin serán autorizadas a instalarse en las zonas consideradas  R-3.

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ARTÍCULO 1°) CREASE en el ámbito de la Municipalidad de Trelew la Comisión de Higiene y Seguridad en el trabajo con el fin de detectar, evaluar, elaborar, proponer, controlar y supervisar las condiciones y medio ambiente de trabajo; como así también promover el adecuado cumplimiento de las normas vigentes en materia de higiene y seguridad en el trabajo para proteger la vida, preservar y mantener la integridad psicofísica de los trabajadores.