Artículo 1.- Se rechazarán todos aquellos envases que presenten abombamiento de sus tapas o caras, producido por descomposición del producto y/o formación de gases en su interior.
Artículo 2.- Se procederá al decomiso de los envases que presenten indicios de oxidación, ya sea por causas exteriores u otras causales.
Artículo 3.- Se decomisarán aquellas cajas que presenten menor peso que el fijado por el fabricante o distribuidor.