Cuerpo

CAPÍTULO I

EJECUCIÓN DEL PROYECTO

 

ARTÍCULO 1ro.): El Departamento Ejecutivo Municipal deberá proveer un predio cuya superficie no sea inferior a las 8 ha., pudiendo utilizar tierras fiscales municipales y/o provinciales, siempre y cuando se ubiquen a una distancia adecuada para el asentamiento del proyecto que debe permitir la centralización de todos los residuos que se generen en la ciudad contemplando la visión de demanda futura.

Cuerpo

CAPÍTULO I: De Las Empresas.

ARTÍCULO 1º) CREASE un registro de Empresas de servicios de extracción y transporte de líquidos cloacales provenientes de pozos sépticos, en el cual deberán inscribirse todas aquellas empresas que presten tales servicios. El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará y determinará el área que tendrá la responsabilidad del mismo. 

ARTÍCULO 2º) Las Empresas a tal fin serán autorizadas a instalarse en las zonas consideradas  R-3.