Cuerpo
CAPÍTULO I: De Las Empresas.
ARTÍCULO 1º) CREASE un registro de Empresas de servicios de extracción y transporte de líquidos cloacales provenientes de pozos sépticos, en el cual deberán inscribirse todas aquellas empresas que presten tales servicios. El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará y determinará el área que tendrá la responsabilidad del mismo.
ARTÍCULO 2º) Las Empresas a tal fin serán autorizadas a instalarse en las zonas consideradas R-3.