Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): ESTABLECER, de conformidad con el Artículo 19.22 de la Carta Orgánica Municipal, que el primer vencimiento de las facturas de Servicio Público de la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Vivienda Limitada de Trelew será el día 10 de cada mes, o el día hábil siguiente.

ARTÍCULO 2do.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): ADHERIR en todos sus términos al Decreto Provincial N° 468 del 21/04/03 para llevar adelante el Plan de Asistencia a Usuarios de Garrafas de Gas Licuado de Petróleo Envasado de 10kg., dentro del ámbito Municipal.

ARTÍCULO 2do.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): ADHIERASE la Municipalidad de Trelew a la Ley Provincial Nº 5671, que a su vez adhiere a la Ley Nacional Nº 26.205, mediante la cual se establece el día 15 de Marzo como “Día Nacional de los Derechos de Consumidores y Usuarios”.

ARTÍCULO 2do.): INCORPORESE en el Calendario Educativo Municipal y realícense en ese día distintos eventos y/o campañas de difusión que pretendan informar al consumidor y/o usuario acerca de sus derechos y garantías.