Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CRÉASE en el ámbito de la Municipalidad de Trelew el Fondo de Sostenimiento de los Servicios Sanitarios, que será calculado sobre el valor base y los distintos coeficientes establecidos en el Anexo I, de acuerdo a las categorías de usuarios de los Servicios Sanitarios y Servicio de Energía Eléctrica.

Dicho Fondo se crea con la finalidad principal de cubrir el déficit operativo de los servicios concesionados de Agua y Cloacas y tendrá vigencia a partir del 01 de noviembre de 2018. 

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): APRÚEBASE la Tarifa de Referencia Provincial Octubre 2016 informada por el Ministerio de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos de la Provincia del Chubut, procediéndose a la aplicación del cuadro tarifario correspondiente a los Servicios Sanitarios y de Distribución de Energía Eléctrica elaborado en base a dicha tarifa por el Organismo Municipal Regulador de los Servicios Públicos (OMRESP), que como Anexo I se agrega pasando a formar parte integrante de la presente Ordenanza.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): INSTRUIR al Órgano Municipal Regulador de los Servicios Públicos (O.M.Re.S.P.) para que cuantifique los montos incorrectamente percibidos por la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Vivienda Ltda. de Trelew en concepto de la aplicación de la llamada TARIFA DE REFERENCIA PROVINCIAL. 

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): RATIFICAR el procedimiento establecido en la Resolución 06/16-OMRESP mediante el cual se establece que la Cooperativa Eléctrica Consumo y Vivienda Ltda. de Trelew deberá remitir a dicho organismo, y en forma mensual, información referida a la energía vendida a usuarios residenciales a los fines de determinar cuáles de ellos pueden estar incluidos en el beneficio de la Tarifa Social establecido por la Resolución Nº 06/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): APROBAR lo actuado por el ORGANISMO MUNICIPAL REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS (OMRESP) y por el Departamento Ejecutivo Municipal en el Expediente Administrativo N°3082/21 referido a la revisión de la estructura de costos solicitado por la firma IMPEESA S.A., en su carácter de concesionaria del Servicio de Recolección, Tratamiento y Disposición Final de Residuos Sanitarios de los Tipos Contaminantes No Patológicos, Contaminantes Patológicos y Contaminantes Peligrosos en la Ciudad de Trelew.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): APRUÉBASE el REGLAMENTO DE CONCURSO DE DIRECTORES DEL ORGANISMO MUNICIPAL REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS que como Anexo I integra la presente ordenanza.

ARTÍCULO 2do.): De conformidad con lo establecido en la Carta Orgánica de la Ciudad de Trelew, Capitulo XXXVI, Disposiciones y Clausulas Transitorias, déjese sin efecto lo normado por la Ordenanza N° 6.517 en todo lo referente a designación, nombramiento, permanencia y remoción del cargo de los Directores del Organismo Regulador de los Servicios Publicitarios.