ORDENANZA N° 4960 /95 - TRASLADO DE OLMOS VÍA PÚBLICA. -

Nro Ordenanzas
4960
Secciones
OBRAS PUBLICAS, TEMAS VARIOS
Cuerpo

Artículo 1.- Ordenase el traslado de los olmos existentes en las vías peatonales de la ciudad, a espacios verdes en el ejido urbano.

 Artículo 2.- Establécese un ritmo de quinientos árboles por año. 

Artículo 3.- El Departamento Ejecutivo Municipal por intermedio del organismo que corresponda (Forestación) establecerá el Plan                      de Trabajo y el método contractual para la realización de los mismos. 

Artículo 4.- El presupuesto del año 1995 preverá las partidas necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza.

 ARTICULO 5). - La presente ordenanza tendrá viger·1cia a partir de la fecha de su promulgación.

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