Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CRÉASE el Programa de Prevención y Detección de Consumo de Estupefacientes que disminuyan la capacidad de conducción segura de vehículos en la vía pública.-

 

ARTÍCULO 2do.): DETERMINASE como autoridad de aplicación la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Trelew, la que deberá elaborar un protocolo de actuación y prevención del consumo de estupefacientes que afecten a la conducción segura de vehículos en la vía pública.-

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Eximir del pago de la Tasa fijada en la Ordenanza Tarifaria Anual para las distintas categorías de Licencias de Conducir, a todas las personas que desempeñen tareas como Choferes de vehículos oficiales correspondientes a las dependencias policiales situadas dentro del ejido municipal de la Ciudad de Trelew, al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de la Ciudad, y a las distintas áreas de nuestra Municipalidad.