Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CRÉASE el Programa de Prevención y Detección de Consumo de Estupefacientes que disminuyan la capacidad de conducción segura de vehículos en la vía pública.-

 

ARTÍCULO 2do.): DETERMINASE como autoridad de aplicación la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Trelew, la que deberá elaborar un protocolo de actuación y prevención del consumo de estupefacientes que afecten a la conducción segura de vehículos en la vía pública.-