Cuerpo

Art. 1º) Exímese por el término de 99 años, del tributo de Tasas de Alumbrado Público - Limpieza y Aguas Corrientes, al inmueble que se individualiza como: LOTE "D" - MANZANA 166 - PADRÓN Nº 15 de propiedad del Ejército de Salvación, sito en la calle San Martín Nº 964 de esta ciudad. 

Art. 2º Regístrese, notifíquese con copia de la presente a la Asociación mencionada, tome conocimiento la Dirección General de Rentas, dese a publicidad y cumplido archívese.

Cuerpo

ARTICULO 1ro): CRÉASE el Programa Municipal “Todos al Museo”, destinado a los estudiantes de 4º de las escuelas primarias de gestión pública y privada de la ciudad de Trelew, con el objetivo de fomentar el conocimiento del patrimonio turístico local.

ARTICULO 2do): El programa tendrá como finalidad principal promover en los niños y niñas el conocimiento y la valoración de los sitios de interés turístico y educativo de la ciudad de Trelew, en especial el Museo Paleontológico Egidio Feruglio.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): RATIFÍCASE en todos sus términos la Resolución Nº 186 /15, dictada por el Departamento Ejecutivo Municipal Ad-Referéndum de este Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 2do.): La Resolución Nº 186/15 forma parte de esta Norma Legal integrándose como Anexo I.

ANEXO I

RESOLUCIÓN MUNICIPAL N° 186 /15

ARTÍCULO 1°.- CRÉASE el Museo Municipal de la Lana en la ciudad de Trelew.-

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): RATIFICAR en todos sus términos el Acuerdo de Construcción de Obra “Ampliación de Museo” celebrado entre la Municipalidad de Trelew y la Fundación Egidio Feruglio, cuyo objeto es la ampliación del Museo Municipal de Ciencias Naturales “Egidio Feruglio” (MEF), que fuera registrado por ante el Registro Público de Contratos de la Municipalidad de Trelew al Tomo 2, Folio 88, bajo el número 209 en fecha 08 de Marzo del año 2016, el cual figura como Anexo I de la presente Ordenanza.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Fíjese como norma el cobro de una entrada para todas las visitas que se realicen a las dependencias del denominado Museo de Artes Visuales.

ARTÍCULO 2do.): El monto total de lo recaudado, será destinado exclusivamente a la administración, adquisición, reparación y conservación de las piezas de dicho Museo, al mantenimiento y ornato del edificio y área ocupada por dicho solar histórico. 

Cuerpo

ARTÍCULO 1°) AUTORIZAR la locación de un inmueble en la Ciudad de Trelew, que se utilizará para instalar el MUSEO DE CIENCIAS NATURALES DE LA CIUDAD DE TRELEW, mediante el sistema de concurso de precios. 

ARTÍCULO 2°) A los efectos de la autorización prevista por el Artículo 1°, deberá darse publicidad del llamado en diarios de la zona por el término de seis (6) días. 

Cuerpo

Art. 1°) Créase un Museo Regional, Histórico y Tradicional de la Ciudad de Trelew. 

Art. 2°) Para su funcionamiento se le destinará provisoriamente y hasta que pueda hacerlo en local propio, un lugar adecuado dentro del Palacio Municipal. 

Art. 3°) Para la organización del Museo se designa con carácter de Director, al arquitecto Don Carlos Luna Pont. 

Art. 4°) El cargo de Director es "ad-honorem".