ARTÍCULO 1ro.): Fíjese como norma el cobro de una entrada para todas las visitas que se realicen a las dependencias del denominado Museo de Artes Visuales.
ARTÍCULO 2do.): El monto total de lo recaudado, será destinado exclusivamente a la administración, adquisición, reparación y conservación de las piezas de dicho Museo, al mantenimiento y ornato del edificio y área ocupada por dicho solar histórico.
ARTÍCULO 3ro.): Las delegaciones escolares deberán coordinar su asistencia con 15 días de anticipación con las autoridades del Museo para que la entrada sea gratuita. Jubilados, menores de 12 años, visitantes que acrediten domicilio en la ciudad, abonarán el 50% del valor de la entrada. Los menores de 3 años no pagan entrada.
ARTÍCULO 4to.): A fines de cumplir con lo estipulado en el Artículo Nº 2 de la presente, el Museo cobrará una entrada que tendrá un valor de 0,15 % del módulo vigente según Tarifaria (se sugiere aplicar el redondeo del valor en menos para evitar problemas de cambio).
ARTÍCULO 5to.): Lo recaudado será utilizado para cumplir con lo estipulado en el Artículo Nº 2 de la presente. El dinero será administrado por personas responsables del Museo quienes deberán rendir ingresos y egresos en forma mensual y si hubiere remanente deberá ser depositado a la Dirección de Cultura a través de la cuenta del Fondo Cultural.