Cuerpo
Art. 1°) Créase un Museo Regional, Histórico y Tradicional de la Ciudad de Trelew.
Art. 2°) Para su funcionamiento se le destinará provisoriamente y hasta que pueda hacerlo en local propio, un lugar adecuado dentro del Palacio Municipal.
Art. 3°) Para la organización del Museo se designa con carácter de Director, al arquitecto Don Carlos Luna Pont.
Art. 4°) El cargo de Director es "ad-honorem".
Art. 5°) Para facilitar la tarea al Sr. Director, el Departamento Ejecutivo Municipal le brindará las facilidades y medios de que disponga, y prestarán su solícita cooperación todas las dependencias Municipales.
Art. 6°) Queda sin efecto el Decreto-Ordenanza N° 5/66 y toda otra Resolución u Ordenanza que se oponga a la presente.