Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): AUTORÍZASE el cobro de una entrada general en los eventos culturales organizados en el marco del ciclo municipal ExpresArte, con el fin de contribuir al sostenimiento  de los grupos artísticos, talleres y espacios culturales que participen en cada jornada.

ARTÍCULO 2do.): El ciclo ExpresArte será abierto a la comunidad artística, previa inscripción y disponibilidad del espacio del centro cultural municipal.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Derogase la Ordenanza N° 8217/2002 en todos sus términos.

ARTÍCULO 2do.): Adhiérase en todos sus términos a la Ley Provincial Nro. 5226 aprobada el 21 de septiembre de 2004, que Crea  El “Programa de Desarrollo e Incentivo Artesanal” (Prodia); El “Registro Provincial de Entidades Artesanales” el “Fondo de Fomento Artesanal” y deroga la Ley 4292.

ARTICULO 3ro.): La presente ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): ADHERIR en todos sus términos a la Ley Provincial IX Nº 53 (ex Ley Nº 5226) PRODIA, que crea el Programa de Desarrollo e Incentivo Artesanal.

ARTÍCULO 2do.): El Municipio de Trelew deberá garantizar la promoción de la actividad mediante la exención de tasas e impuestos a los Ingresos Brutos sólo para aquellos artesanos que estén incluidos en el Registro creado por la Ley Provincial IX Nº 53 (ex Ley Nº 5226) PRODIA.