Artículo 1ro.): Adhiérase la Municipalidad de Trelew a las disposiciones contenidas en la Ley Nacional N° 27590.-
Artículo 2do.): El Departamento Ejecutivo Municipal realizará campañas de concientización en referencia al Grooming a través de la Dirección de Juventud de u otra área que el DEM considere pertinente.-
Artículo 3ro.): Incorporar al Calendario Municipal el 13 de noviembre como "Día de la lucha contra el Grooming".
Artículo 4to.): La Presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.-