Art. 1º) Exímese por el término de 99 años, del tributo de Tasas de Alumbrado Público - Limpieza y Aguas Corrientes, al inmueble que se individualiza como: LOTE "D" - MANZANA 166 - PADRÓN Nº 15 de propiedad del Ejército de Salvación, sito en la calle San Martín Nº 964 de esta ciudad.
Art. 2º Regístrese, notifíquese con copia de la presente a la Asociación mencionada, tome conocimiento la Dirección General de Rentas, dese a publicidad y cumplido archívese.