Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CRÉASE el Programa de Prevención y Detección de Consumo de Estupefacientes que disminuyan la capacidad de conducción segura de vehículos en la vía pública.-

 

ARTÍCULO 2do.): DETERMINASE como autoridad de aplicación la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Trelew, la que deberá elaborar un protocolo de actuación y prevención del consumo de estupefacientes que afecten a la conducción segura de vehículos en la vía pública.-

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): El objeto de esta Ordenanza es reglamentar la situación de acarreo al Corralón Municipal y estadía de vehículos en el mismo por infracciones a las normas de tránsito o abandono en la vía pública, promoviendo el mejoramiento del ordenamiento vial.

ARTÍCULO 2do.): Ante una situación de infracción que conlleve el secuestro del vehículo, el costo del acarreo al Corralón Municipal, la estadía y el seguro del vehículo en el lugar, estará a cargo del propietario del mismo.