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CAPÍTULO I

EJECUCIÓN DEL PROYECTO

 

ARTÍCULO 1ro.): El Departamento Ejecutivo Municipal deberá proveer un predio cuya superficie no sea inferior a las 8 ha., pudiendo utilizar tierras fiscales municipales y/o provinciales, siempre y cuando se ubiquen a una distancia adecuada para el asentamiento del proyecto que debe permitir la centralización de todos los residuos que se generen en la ciudad contemplando la visión de demanda futura.

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ARTÍCULO 1ro.): INSTRUMENTESE en la zona céntrica delimitada al norte por la Avda. Rawson, al sur por 28 de Julio y sus continuaciones al oeste por Pecoraro y al este por Urquiza y las principales arterias comerciales de nuestra ciudad, Avda. Fontana en toda su extensión, Avda. Hipólito Irigoyen en toda su extensión, Avda. Colombia entre Edison y Ameghino, Pellegrini entre Colombia y Julio A.

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CAPÍTULO I: De Las Empresas.

ARTÍCULO 1º) CREASE un registro de Empresas de servicios de extracción y transporte de líquidos cloacales provenientes de pozos sépticos, en el cual deberán inscribirse todas aquellas empresas que presten tales servicios. El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará y determinará el área que tendrá la responsabilidad del mismo. 

ARTÍCULO 2º) Las Empresas a tal fin serán autorizadas a instalarse en las zonas consideradas  R-3.