ARTÍCULO 1ro.): El despacho de los asuntos del Departamento Ejecutivo Municipal estará a cargo de secretarios, con funciones en las siguientes Secretarías:
- Secretaría de Gobierno.
- Secretaría de Planificación, Obras y Servicios Públicos.
- Secretaría de Desarrollo Social y Acción Comunitaria.
- Secretaría de Hacienda.
- Secretaría de Coordinación y Desarrollo Territorial.
ARTÍCULO 2do.): Será competencia de la Secretaría de Gobierno asistir al Departamento Ejecutivo Municipal en los siguientes temas: