ARTICULO 1ro): Adhiérase a la Ley Provincial XVII Nº 95 que tiene por objeto “promover el desarrollo de las Energías Renovables en el ámbito provincial y a través del mismo, contribuir al desarrollo sustentable de la Provincia, protegiendo al Medio Ambiente, fomentando la inversión, el crecimiento económico, el empleo, el avance tecnológico y la integración territorial”.
ARTICULO 2ro.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.