ARTICULO 1ro): PROMUEVASE en todo el ámbito do Ia Ciudad de Trelew Ia participación de los ex combatientes de Malvinas en el acto de Promesa de Ia Bandera de los alumnos de 4° grado (Ley Provincia 1-190), a fin de que en cada acto, pueda participar al menos un veteranos de guerra.
ARTICULO 2do): FACULTASE a Ia Municipalidad de Trelew a firmar los convenios que crea necesarios con las instituciones correspondientes a fin de llevar a cabo los objetivos en el artículo 1°.
ARTICULO 3ro): DESIGNASE a Ia Dirección de Educación de Ia Municipalidad de Trelew como autoridad de aplicación de Ia presente Ordenanza, debiendo ser esta el nexo entre el Ministerio de Educación de Ia Provincia del Chubut, las Escuelas y el Centro de Veteranos Ex combatientes de Malvinas de Ia Ciudad de Trelew.
ARTICULO 4to): El Centro de Ex Combatientes tendrá libertad para elegir a sus representantes que asistirán a cada escuela para participar de los actos, con el único criterio de priorizar a aquellos veteranos que sean vecinos de Ia Escuela.
ARTICULO 5to): ESTABLEZCASE el reconocimiento “Lealtad a Ia bandera Reconocimiento a quienes lucharon par ella’ que otorgara Ia Municipalidad de Trelew. El mismo se expresará de Ia siguiente manera: Con Ia lectura de la biografía del veterano de guerra, además de una reunión informal, charlas, jornadas, presentes, etc. según defina Ia autoridad de aplicación con los intervinientes.