Cuerpo
ARTÍCULO 1ro.): El Departamento Ejecutivo Municipal en un plazo de sesenta (60) días deberá adecuar sus sistemas informáticos de tal manera que publiquen vía Internet, con un plazo de 48 horas de anticipación, todos los actos relacionados con las contrataciones de bienes y servicios, con el mayor grado de detalle posible, a los efectos de que todos los proveedores inscriptos en el registro respectivo, puedan cotizar sobre los mismos por esa misma vía.
Tal publicación deberá contener como mínimo: