Cuerpo
ARTICULO 1ro.): Adhiérase a la Ley Provincial III Nº 42 de Creación del “Programa Provincial de Prevención del Ciber Acoso (Grooming)”, entendido como el conjunto de estrategias que una persona adulta desarrolla para ganarse la confianza de un menor de edad, a través de Internet, con el fin último de obtener concesiones de índole sexual.