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ORDENANZA N° 1659 /84, SUBDIVISIONES Y LOTEOS DE TERRENOS BALDÍOS. -

Cuerpo

ARTÍCULO 1°.- Los Terrenos baldíos cuya superficie individual exceda los dos mil (2.000) metros cuadrados, ubicados dentro de la zona nuclear (ZN) de la Ciudad de Trelew y que no tengan proyecto de construcción presentado ante el Municipio de Trelew, al 31 de mayo de 1984, quedan comprendidos en la presente Ordenanza. 

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SUBDIVISIONES