ARTÍCULO 1ro. ): ADHIÉRASE ADHIÉRASE al Decreto 1066/16 reglamentario de la Ley XI N° 16.
ARTÍCULO 2do.): A los fines de la presente norma, entiéndase por:
Agroquímicos: Productos, sustancias o dispositivos, de origen natural o sintéticos, que se administran a las plantas con la intención de optimizar su crecimiento y desarrollar su potencial genético.
Biocidas: Sustancias químicas, naturales o sintéticas utilizadas para matar organismos vivos.