Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Denominase plazoleta “ISLAS MALVINAS” al sector Oeste de la Plaza Centenario, ubicado sobre calle Sarmiento, sitio donde se encuentra el monumento evocativo a los caídos en las Islas Malvinas, así como placas recordatorias de aquella gesta.

ARTÍCULO 2do.): Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar los actos necesarios a fin de cumplimentar lo establecido en el Artículo 1ro. de la presente.