Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CREASE un impuesto con el objeto de solventar los gastos funcionales, operativos, administrativos y de Inversión del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de la ciudad de Trelew, que será destinado a la citada institución, en concepto de aporte no reintegrable; debiendo ser empleado en cada facturación por consumo de energía eléctrica y por medidor instalado, de acuerdo al ANEXO I adjunto.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Eximir del pago de la Tasa fijada en la Ordenanza Tarifaria Anual para las distintas categorías de Licencias de Conducir, a todas las personas que desempeñen tareas como Choferes de vehículos oficiales correspondientes a las dependencias policiales situadas dentro del ejido municipal de la Ciudad de Trelew, al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de la Ciudad, y a las distintas áreas de nuestra Municipalidad. 

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Créase el Cuerpo de Auxiliares Ambientales de la ciudad. 

ARTÍCULO 2do.): El Cuerpo de Auxiliares Ambientales tendrá carácter de honorario y funcionará como auxiliar de los organismos municipales que, por sus actividades tengan relación estrecha con la ecología y el medio ambiente de la ciudad. Sus funciones serán de educación, concientización y prevención de problemáticas ambientales, interactuando con distintos organismos del estado, organizaciones intermedias y organizaciones no gubernamentales. 

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Las Organizaciones No Gubernamentales, Asociaciones y/u Organizaciones de bien Público que perciban aportes públicos originados en Ordenanzas en vigencia o a dictarse en el futuro, con excepción de lo dispuesto por la Ordenanza 4607/93, deberán efectuar en forma anual la rendición ante el Tribunal de Cuentas Municipal, en las formas y condiciones previstas de la Legislación vigente.