Cuerpo
ARTÍCULO 1º) La totalidad de los vehículos que conforman el parque automotor de la Municipalidad de Trelew, deberán estar claramente identificados, mediante leyendas pintadas en sus externos con pintura indeleble.
ARTÍCULO 2º) Los vehículos pesados (camiones, máquinas viales, etc.) deberán consignar la inscripción MUNICIPALIDAD DE TRELEW, y su número interno de identificación.