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ARTICULO 1ro.): DEROGASE  las  Ordenanzas  N° 7217/99, 7839/00 y 7864/00 con el fin de dejar sin efecto la restricción de construcción de cualquier obra civil y la eximición impositiva, que existía a los frentistas directamente afectados, del área denominada como zona de advertencia de riesgo hídrico, determinada por calles Owen, entre Juan Manuel de Rosas e Hipólito Irigoyen, calle Roque Saenz Peña entre Hipólito Irigoyen y Eva Perón, calle Thomas entre Eva Perón y Ruta Nacional N° 3, ya que a la fecha se han comenzado con los trabajos encuadrados dentro del denominado “Cont

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TÍTULO I.- CREACIÓN DE UN ORGANISMO DESTINADO AL CONTROL DE ANIMALES Y ZOONOSIS.

ARTÍCULO 1ro.): El Departamento Ejecutivo Municipal designará en el ámbito de la Secretaría de Gobierno, un Organismo destinado al control de Animales y de Zoonosis, y será la autoridad de aplicación de la presente.

ARTÍCULO 2do.): SERÁN FACULTADES DEL ORGANISMO DE APLICACIÓN:

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ARTICULO 1°: CREASE en el ámbito del Municipio de la ciudad de Trelew la Comisión Municipal de Prevención y Control de la Violencia Institucional.

ARTICULO 2º: INTEGRACION:

La Comisión Municipal estará integrada por:

Dos representantes del Concejo Deliberante (uno por la mayoría y uno por la minoría). Dos representantes del Poder Ejecutivo Municipal pertenecientes al área de la Secretaría de Gobierno.
Un representante de las Organizaciones de la Sociedad Civil interesadas en la temática. 

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ARTÍCULO 1ro.): La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación, control y gestión de los Aceites Vegetales Usados, en adelante AVUs, definidos en el Anexo I, producidos por los generadores enumerados en Anexo II. La misma comprende las etapas de generación, recolección, almacenamiento, transporte, reciclaje, tratamiento y disposición final, en el ámbito del ejido de la Ciudad de Trelew.

Los Anexos I y II forman parte de la presente Ordenanza. La Autoridad de Aplicación queda facultada para ampliar el listado de generadores de AVUs del Anexo II.

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ARTÍCULO 1ro.): Coordinación de Acciones de Control El Departamento Ejecutivo coordinará acciones directas de control de los comerciantes adheridos a los sistemas de la Tarjeta Social implementada por el Gobierno Provincial, a través de las Secretarías y Direcciones con competencia en la materia o las que se designen especialmente a tales fines.

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TÍTULO N°1: OBJETO Y CONCEPTO

ARTÍCULO 1ro.): CREASE el sistema de control para la organización de Eventos atléticos en la vía pública dentro del ejido de la ciudad de Trelew. 

ARTÍCULO 2do.): El Municipio, a los efectos de organizar dicha tarea en Conjunto con la Asociación de Atletismo del Valle del Chubut, establece las siguientes normas:

a) Contar con una ambulancia durante el recorrido de la prueba.

b) Contratar un seguro de vida para todos los participantes. 

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Artículo 1).- Institucionalizase la “Semana del Control y Prevención de Enfermedades Mamarias y Detección Temprana del Cáncer de Mama”, la cual se llevará a cabo la primera semana del mes de julio de cada año, organizada por la Dirección de Salud de la Municipalidad de Trelew, invitando a colaborar en dicha organización a LALCEC- Filial Trelew y al Centro Materno Infantil del Hospital Zonal de Trelew.