ARTÍCULO 1ro.): Coordinación de Acciones de Control El Departamento Ejecutivo coordinará acciones directas de control de los comerciantes adheridos a los sistemas de la Tarjeta Social implementada por el Gobierno Provincial, a través de las Secretarías y Direcciones con competencia en la materia o las que se designen especialmente a tales fines.
ARTÍCULO 2do.): Constatación de Infracciones al Sistema Los inspectores municipales habilitados al efecto, ante la verificación de infracciones o la recepción de denuncia de terceros en relación al sistema de la TARJETA SOCIAL labrarán acta de infracción conteniendo día y hora, nombre y apellido del comerciante, razón social, Nº de habilitación comercial, domicilio comercial y un detallado relato sintetizando el hecho que hace le imputa acompañando toda información o prueba que hagan al mismo, remitiendo dichas actuaciones dentro de las 24 hs. al Tribunal de Faltas de la ciudad de Trelew, para su juzgamiento.
ARTÍCULO 3ro.): Juzgamiento – Procedimiento Recepcionadas las actuaciones el Juez de Faltas abrirá el proceso previsto para todas las faltas o contravenciones por el Código Municipal de Faltas. Dictada sentencia en la causa, una vez firme la misma, si resultare condenatoria, el tribunal remitirá copia de inmediato al Banco del Chubut S.A. a efectos de la aplicación por parte de esa entidad, de las sanciones accesorias previstas en los convenios de prestación.
ARTÍCULO 4to.): Régimen Sancionatorio
- PRIMERA INFRACCION: MULTA de 1(UNO) a 5 (CINCO) módulos Municipales.
- Ante cada reincidencia detectada se duplicará la sanción establecida en el inciso anterior.
ARTICULO 5to.): La presente ordenanza tendra vigencia a partir de la fecha de su promulgacion.-