Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a implementar una contribución voluntaria mínima de Pesos cincuenta centavos ($ 0,50), con destino a la Asociación Cooperadora del Hospital Zonal de Trelew, la que será dejada sin efecto a sola presentación del contribuyente a partir de la próxima liquidación del Impuesto.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): DECLARAR de interés municipal el Proyecto ''Trelew Ciudad de Cuidados", cuya Síntesis se adjunta como Anexo I a la presente y el cual apunta a valorizar el acceso al servicio de cuidados como un derecho que debe ser promovido.

ARTÍCULO 2do.): MODIFICAR el Artículo 1ro de la Ordenanza 13.104/ 19, el que quedará redactado de la siguiente forma: