Cuerpo

ARTÍCULO 1°.- Denominase como zona R1 (Residencial 1), al área urbana cuyo perímetro está comprendido por una línea que abarca ambos frentes de las calles Capitán Murga, Pellegrini y Moriah, y una línea que excluye a los lotes frentistas a la Avenida Hipólito Irigoyen, margen S.O., en una profundidad de hasta el treinta por ciento (30%) de la profundidad de la manzana

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): RATIFICASE en todos sus términos la Resolución Nro. 206/03 dictada por el Departamento Ejecutivo Municipal Ad-Referéndum de este Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 2do.): La Resolución Nro. 206/03 forma parte de esta Norma Legal Integrándose como Anexo I.

ARTICULO 3ro.): La presente ordenanza tendra vigencia a partir de la fecha de su promulgacion.-

ANEXO I