Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Apruébase el Contrato que tiene por objeto otorgar, con carácter de exclusivo el gerenciamiento de la Aeroestación del Aeropuerto M.A. Zar de la Ciudad de Trelew, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2do.): El Departamento Ejecutivo Municipal, realizará los controles necesarios para evaluar la calidad del servicio, atención al usuario, cumplimiento del contrato y todo otro aspecto que sirva como indicador de satisfacción del objeto del Contrato según normas en vigencia. 

Cuerpo

ARTICULO 1ro.): DESTINAR el 60% del canon definido por Ordenanza 7878/00 al Hospital Público Adolfo Margara de la ciudad de Trelew.

ARTICULO 2do.): El aporte del canon al Hospital, será por el plazo de un año a partir de la promulgación de la presente ordenanza, pudiendo ser renovable cada 12 meses mientras perdure la concesión indicada en la ordenanza N°7878.

Cuerpo

ARTÍCULO 1º.- DETERMINASE los siguientes espacios para el estacionamiento de los servicios terrestres de transportes de pasajeros, en el Aeropuerto Almirante Zar: 

  1. TAXIS: Sobre el cordón izquierdo de la calle de acceso al edificio.

  2. REMISSE: Tres espacios en el actual estacionamiento de vehículos oficiales.

  3. MICROOMNIBUS: Entre discos, frente a la puerta de salida. 

Cuerpo

Artículo 1º.- AUTORIZASE a la Liga Argentina de Lucha contra el Cáncer, Filial Trelew, la explotación comercial de la Playa de Estacionamiento ubicada en el Aeródromo de Trelew. 

Artículo 2º.- Los gastos que demande la adecuación y señalización serán por cuenta del permisionario. 

Artículo 3º.- La autorización conferida en el Artículo 1º, será a título precario y sujeta a la aprobación de las Autoridades de la Armada Argentina.