Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar la Concesión de los Servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de la Vía Pública, conforme lo actuado mediante Expediente Nro. 0808/98 del Departamento Ejecutivo Municipal.

ARTÍCULO 2do.): FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las Adecuaciones Presupuestarias y Administrativas, tendientes a implementar la Concesiones que por el Artículo anterior se autoriza.

Cuerpo

ARTÍCULO 1º) APRUÉBASE el Reglamento que regula la extracción, recolección y disposición final de residuos urbanos en la ciudad de Trelew, conforme al Anexo I, que forma parte de la presente Ordenanza. 

ARTÍCULO 2º) La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

 

ANEXO I DE LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA LA EXTRACCIÓN, RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS URBANOS EN LA CIUDAD DE TRELEW.-

 

TÍTULO I: DE LOS RESIDUOS

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro: CREAR en el ámbito de la Municipalidad de Trelew el Registro Municipal de Cuidadores, Cuidadoras y Cooperativas del Servicio de Cuidado de las infancias, adolescentes, personas mayores y personas con discapacidad. 

Cuerpo

Art. 1º) Todos los residuos y desperdicios domiciliarios, como los restos de envoltorios, escombros y en general todo lo que pueda considerarse como basura, deberá ser arrojado únicamente en el basurero municipal, ubicado en el Sector Este del ejido municipal.

Art. 2º) Toda trasgresión a lo dispuesto en el Art. 1º), será sancionada con una multa de $100.000.- (CIEN MIL PESOS), siendo solidariamente responsables del pago la persona o personas que fueran sorprendidas en infracción y el propietario del vehículo que se utilizare para cometer la misma.