Cuerpo
ARTÍCULO 1ro.): ADHERIR a la Ley Provincial XIX N° 84 “Tolerancia Cero”, cuyo propósito es reducir los factores de riesgo de carácter objetivo que aumentan la probabilidad de ocurrencias de siniestros viales producidos como resultado del consumo de alcohol, estupefacientes, psicotrópicos o sustancias análogas que alteran la aptitud para la conducción de todo vehículo automotor, motovehículo o medio de transporte automotor cualquiera resulte su característica.