ORDENANZA N° 12646 /17, DECLARA EN EMERGENCIA EL SERVICIO DE AGUA POTABLE.

Nro Ordenanzas
12646
Secciones
INSPECCION GENERAL
Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a dictar una resolución declarando la crisis del servicio de agua potable en la ciudad de Trelew, por los efectos producidos ante la imposibilidad de potabilizar y/o distribuir con normalidad el agua captada desde el río Chubut. Este estado se mantendrá vigente hasta tanto el Departamento Ejecutivo Municipal verifique la normalización de la situación que provocó la crisis y emita una resolución cesando dicho estado.

 ARTÍCULO 2do.): Mientras dure el estado de crisis en el servicio de agua potable, se suspende temporalmente la vigencia de la Ordenanza Nº 11.287.

ARTÍCULO 3ro.): Mientras dure el estado de crisis en el servicio de agua potable, el usuario cuya conexión sea de tipo residencial (CLASE I y II) solo podrá utilizarla para consumo y/o aseo personal.

ARTÍCULO 4to.): Mientras dure el estado de crisis en el servicio de agua potable, el usuario cuya conexión no sea de tipo residencial (NO RESIDENCIAL CLASE I, II y III), deberá ajustar la utilización y uso del agua potable, a lo que el Departamento Ejecutivo Municipal reglamente, en función de las necesidades particulares de cada usuario.

 ARTÍCULO 5to.): La reglamentación a la que queda facultado el Departamento Ejecutivo Municipal conforme al Art. 4to de la presente Ordenanza, deberá tener como premisa fundamental el uso racional del agua potable, evitar el derroche y garantizar condiciones de salubridad e higiene de la población.

 ARTÍCULO 6to.): Las infracciones por incumplimiento a la presente Ordenanza serán sancionadas según lo establecido en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 7mo.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

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