Cuerpo

ARTICULO 1ro.): MODIFIQUESE el artículo 1° de la ordenanza N° 4054, el que Quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 1°: FIJESE a partir del 1 de abril de 2012, las siguientes remuneraciones básicas para los cargos políticos:

INTENDENTE                                    $ 15.873.-

SECRETARIO                                     $ 13.809.-

Cuerpo

Artículo 1.- ADHERIR en todos sus términos a la Ley Provincial Nro. 2792, la cual establece la autorización por parte de los empleados públicos a que se les practiquen retenciones en los salarios que perciben y da un orden de prioridades para tales retenciones. 

Artículo 2.- A los efectos de que el DEM, en el término de sesenta (60) días de aplicabilidad de la presente Ordenanza, entiéndase como texto ordenado de la Ley Nro. 2792, el siguiente: