ARTICULO 1ro.): MODIFIQUESE el artículo 1° de la ordenanza N° 4054, el que Quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1°: FIJESE a partir del 1 de abril de 2012, las siguientes remuneraciones básicas para los cargos políticos:
INTENDENTE $ 15.873.-
SECRETARIO $ 13.809.-