Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): DESIGNASE como Avenida Ciudad de la Plata al tramo de la Ruta Nacional 25 comprendido entre la calle Edison y la calle Martín Rodríguez.

ARTÍCULO 2do.): DESIGNASE como Avenida Presidente Juan Domingo PERÓN al tramo de la Ruta Nacional Nro. 25 comprendido entre la rotonda de acceso norte a la ciudad hasta su intersección con la Av. Ciudad de la Plata. 

Cuerpo

Artículo 1) DENOMINASE, "AVENIDA CIUDAD DE LA PLATA", a la Avenida proyectada como continuación de la calle Colombia, desde la calle Edison y hasta su intersección con la Ruta 25. 

Artículo 2) Refrendarán la presente Ordenanza, los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y de Servicios y Obras Públicas de esta Municipalidad.

 

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